El pasado 1 de abril la Agencia Tributaria puso en marcha la Declaración de la Renta correspondiente al año fiscal de 2019.
Este año, la Hacienda va a redoblar sus esfuerzos en controlar los alquileres vacacionales, y según palabras de Jesús Gascón, Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, “los contribuyentes que posean viviendas en alquiler turístico recibirán un mensaje de alerta por parte del fisco cuando empiecen a preparar su declaración de la renta o bien al confirmar el borrador”.
Dicho y hecho, con las primeras Declaraciones de la Renta llevadas a cabo por los gestores fiscales de Flexiserv, durante la Consulta de Datos Fiscales 2019 de nuestros clientes, la alerta se nos presenta inmediatamente, tal y como se muestra a continuación.
Hacienda alerta a los contribuyentes que va a mantener un control especial sobre el alquiler turístico tras verificar el gran número de contribuyentes que no cumplieron con su deber en años anteriores en lo relativo a cómo declarar el alquiler tu apartamento turístico.
¿Qué entiende Hacienda como “ACTIVIDAD DE ALQUILER DE APARTAMENTOS TURÍSTICOS”?
Hacienda entiende el alquiler vacacional o turístico cuando se produce la cesión temporal de uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada o promocionada en canales de oferta turística y realizada con finalidad lucrativa.
De este modo, el contribuyente que alquila su vivienda para uso vacacional no podrá desgravarse el 60% previsto para las viviendas destinadas a residencia habitual. Sin embargo, sí podrá deducir muchos de los gastos.
¿Cómo declarar los ingresos de mi alquiler vacacional / turístico?
Los ingresos derivados del alquiler vacacional o alquiler turístico deben de declararse como rendimientos de capital inmobiliario.
¿Cuál es el importe que debo imputar como “ingresos” del alquiler turístico?
Los contribuyentes que durante 2019 hayan obtenido ingresos a través de plataformas como Airbnb o Booking deben declarar el importe total de la reserva. Veamos un ejemplo:
A continuación, mostramos un ejemplo en el caso de las reservas de Airbnb:
En este caso, por la reserva debemos de declarar 221€, si bien, deberemos descontar -6,96€ como gasto deducible en concepto de promoción / gasto de plataforma.
Y en cuanto a las reservas de Booking:
En este caso, por la reserva debemos de declarar 184€, si bien, deberemos descontar -32,94€ como gasto deducible en concepto de promoción / gasto de plataforma.
Por tanto, es importante declarar como ingreso el total, incluido la tarifa de limpieza.
¿Qué gastos puedo deducir en la declaración de la renta?
Una vez hayamos calculado el total de ingresos brutos, además de la comisión del canal, podemos deducirnos los siguientes conceptos:
–Gestión del apartamento: si tienes contratada una empresa de gestión, debes imputar como gasto deducible las facturas emitidas por dicha empresa.
–Gastos de limpieza y lavandería: si tienes una empresa externa para realizar estas tareas también debes de imputar como gasto deducible estas facturas.
–Cualquier servicio que tengas contratado: app de gestión y registro de huéspedes, monitorización de ruido, channel manager para la gestión de tu propiedad, etc.
–Suministros de la vivienda: internet, luz, gas, agua, etc.
-Gastos de Comunidad.
-Gastos IBI, tasa de basuras, etc.
-Intereses de la hipoteca.
-Derramas de la Comunidad.
-Seguro del hogar.
-Reparaciones o mejoras efectuadas en la vivienda.
¿Y cómo tributo cuando la vivienda ha estado vacía?
Si quieres conocer lo que debes de tributar por el tiempo que la vivienda ha estado vacía, hay que calcular el 1,1% del valor catastral (o 2% si la última revisión catastral se produjo antes de 1994). Imagina que el valor catastral de la misma es de 200.000€, el importe será 2.200€.
A continuación, debes de dividir el importe obtenido por 365 días (2.200€ / 365 días = 6,02€) y multiplicarlo por los días que la vivienda ha estado alquila. Si por ejemplo ha estado ocupada 310 días, el rendimiento imputable en la declaración de la renta será: 310 días x 6,02€ = 1868,49€.
¿Y qué ocurre si no declaro los ingresos?
Te enfrentas a una propuesta de liquidación por parte de Hacienda, la coloquialmente conocida como “paralela” en la que tendrás que incluir los ingresos no declarados. Además, si la Agencia Tributaria considera que ha habido ánimo de fraude, podrá interponer una sanción que iría desde el 50% al 150% de lo que se ha dejado sin declaración. Lo más habitual es que la sanción comience de 3.000€ hacía arriba, dependiendo de la cuantía defraudada.
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